Error y retraso en el diagnóstico médico


La expresión diagnóstico hace referencia al análisis que se realiza para determinar una situación y cuáles son sus tendencias, empleándose para ello los datos y hechos existentes ordenados y recogidos de forma sistemática.

Por tanto, el diagnóstico médico se define como aquel procedimiento por el que se identifica una enfermedad o patología mediante el análisis de los datos existentes.

El diagnostico médico tiene una importancia esencial en el proceso curativo de un paciente. Cualquier medida terapéutica que se vaya a adoptar debe venir precedida de un diagnóstico, o al menos, de una presunción diagnóstica (en aquellos casos, en los que a expensas de realizar pruebas diagnósticas aun no pueda determinarse).

Por tanto, los errores en el diagnóstico, pueden ser de gran trascendencia para la salud e incluso la vida del paciente.

Las negligencias médicas mas habituales en lo que al diagnóstico médico se refiere suelen ser el retraso en el diagnostico y el error de diagnóstico.

 

Retraso de diagnóstico médico

Con la expresión “retraso diagnóstico” no referimos a aquellos casos, en los que de forma injustificada y, por mediar alguna clase de negligencia o imprudencia, el diagnóstico del padecimiento que afecta al enfermo se produce con retraso.

Algunos ejemplos típicos:

  • Hipoxia intraparto. Aquellos casos en los que en el registro cardiotocográfico se sospecha que el feto sufre una situación de hipoxia cerebral (pérdida de bienestar fetal) y ésta no es diagnosticada de forma precoz por no realizarse un PH fetal que confirme la existencia de la hipoxia.
  • Cuando un paciente acude con una clínica compatible con un Ictus y no se diagnostica dentro de la ventana terapéutica de las ocho horas como consecuencia de no realizar un TAC o RMN.
  • Infarto de miocardio. El diagnóstico no se alcanza de forma precoz por no realizar una analítica de enzimas cardíacos.
  • Torsión testicular. Cuando el diagnóstico se demora por no realizar las exploraciones indicadas, esencialmente una ecografía testicular.
  • Cáncer. Es el caso por excelencia, cuando el diagnóstico se retrasa en el tiempo como consecuencia de no haber realizado las pruebas diagnósticas indicadas en función de la clínica que presenta el paciente (colonoscopia, TAC, RMN…)

 

¿Cuándo el retraso diagnóstico es constitutivo de una negligencia médica?

No cualquier retraso en el diagnóstico será constitutivo de una negligencia médica. Solo en aquellos casos que el retraso sea consecuencia de una actuación imprudente o negligencia será posible la condena.

Es decir, que para que el retraso diagnóstico sea indemnizable es preciso que el mismo sea consecuencia de un acción u omisión negligente. Normalmente, un retraso diagnóstico vendrá precedido de la omisión de pruebas diagnósticas y, precisamente, esa omisión será la causante del retraso.

A sensu contrario, si realizadas las pruebas recomendadas según los protocolos, no se alcanza un diagnóstico precoz, no puede hablarse de negligencia, pues para que la misma exista, el diagnóstico precoz debe ser posible, de tal manera que si se llevaron a cabo las exploraciones y pruebas indicadas, esto es, si se cumplió con la obligación de medios que vincula el funcionamiento del servicio público sanitario, y no se alcanzó el diagnóstico, nada puede reprocharse al facultativo.

 

Error de diagnóstico médico

En estos casos el diagnóstico se produce en tiempo, es decir, no existe una demora. Pero el problema se encuentra en que el diagnóstico es erróneo como consecuencia de la omisión de pruebas diagnosticas indicadas, o como consecuencia de una interpretación errónea de las mismas.

En materia de diagnóstico médico es preciso tener presente el diagnóstico diferencial. Es decir, el procedimiento por el cual se identifica una enfermedad o padecimiento mediante la exclusión de otras posibles causas que presenten un cuadro clínico semejante al que el paciente padece, descartando en primer lugar aquellas enfermedades más graves y que puedan comprometer la vida del paciente; solo descartadas aquellas, podrán valorarse otros posibles diagnósticos.

Algunos ejemplos:

  • Aneurismas: error de diagnostico al confundir un aneurisma tipo A con un Tipo B.
  • Mastectomía: durante la realización de una intervención proceder a la mastectomía sin esperar a obtener los resultados de las muestras analizadas por el Servicio de Anatomía patológica.
  • Meningitis: cuando se diagnostica una simple cefalea por no interpretar adecuadamente la clínica o por no realizar las exploraciones indicadas.

 

¿Cuándo el error de diagnóstico es constitutivo de una negligencia médica?

Al igual que ocurre en el caso anterior, no cualquier error de diagnóstico constituye per se una negligencia médica. Al contrario, solo aquellos casos en los que el error sea consecuencia de una negligencia (por no realizar pruebas pertinentes o por no realizar un adecuado diagnóstico diferencial) estaremos ante un error de diagnóstico constitutivo de una negligencia médica. Por lo que si el facultativo, realizó las pruebas indicadas en las guías clínicas y un adecuado diagnóstico diferencial y aun así se produce un error de diagnóstico, este no sería reclamable.

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