Sin TAC los fines de semana.


No se pudo hacer una TC porque no estaba disponible ni el fin de semana ni las 24h

S.Valle   |  Diario Médico.

Los recursos de los que dispone la sanidad para atender a los pacientes son limitados y, en el caso de la sanidad catalana, todo parece indicar que lo van a ser cada vez más. Esta situación está repercutiendo directamente en la atención a los pacientes. Así se ha puesto de manifiesto con la denuncia pública que han realizado los familiares de una mujer catalana obligada a peregrinar por cuatro hospitales con un diagnóstico claro de derrame cerebral, que no fue atendido a tiempo.

La paciente falleció y los familiares han presentado una reclamación judicial. Habrá que esperar varios meses para que la justicia se pronuncie. Sin embargo, hay sentencias recientes que pueden hacer sospechar por dónde puede ir el fallo del juez de lo Contencioso que le toque en suerte ver ese caso.

El juzgado Contencioso-administrativo número 14 de Barcelona acaba de notificar una sentencia en la que ha condenado al Servicio Catalán de Salud (CatSalut) a indemnizar con 6.601 euros a los familiares de un hombre que falleció de una isquemia intestinal.El reproche judicial a la actuación sanitaria se centra en que los médicos tardaron tres días en someter al paciente a una TC abdominal, cuando había suficientes indicios para sospechar de una isquemia intestinal.

Sujeto a disponibilidad
La sentencia confirma que “la TC era la prueba que habría permitido extraer un diagnóstico cierto para determinar la isquemia intestinal. Una prueba que no se realiza sino en el cuarto día de ingreso”.

Sobre esa cuestión la sentencia aclara la disponibilidad que existe en el uso de la prueba: “ha quedado acreditado que precisamente el funcionamiento de la TC se encontraba sometido a determinados condicionamientos organizativos que no lo hacía operativo durante el fin de semana, es decir, durante el primer y segundo día de ingreso hospitalario, y tampoco era operativo durante las 24 horas del día”.

El juez considera que la actuación médica no incurrió en un “error imprudente en la prestación del servicio, pero sí en un error no imprudente en la realización de la prueba”. Si se hubiera hecho antes la TC, cabe pensar que el pronóstico se podría haber mejorado. El juez concede una indemnización por daño moral.

El abogado de la asociación
El Defensor del Paciente, que han defendido a la familia, ha declarado que recurrirá la sentencia de instancia por considerar que la cuantía concedida no se ajusta a la gravedad del acto, en que falleció el paciente. En la demanda presentada por la familia se reclamó 120.000 euros.

TRASLADO

“Todos los hospitales no pueden tener todos los medios, pero la Administración debe garantizar que a una distancia prudencial existen esos medios para atender una situación de urgencia”, ha señalado Rubén Darío Delgado, letrado de Avinesa. Sobre la condena al Servicio Catalán de Salud, el experto en Derecho Sanitario apunta que “en ese caso todo parece indicar que se debía haber trasladado al paciente a un hospital donde hubieran podido hacerle una TC, después de contrastar que esa prueba resultaba tan determinante para acertar con el diagnóstico”.

http://www.diariomedico.com/2011/11/16/area-profesional/normativa/no-se-pudo-hacer-una-tc-porque-no-estaba-disponible-ni-el-fin-de-semana-ni-las-24h

Atlas Abogados. Especialistas en negligencias médicas.

 

 

 

Deja un comentario