Indemnización tras el fallecimiento de una paciente falta de seguimiento de un cáncer del pulmón


Atlas Abogados ha logrado una indemnización por negligencia médica para la familia de un paciente fallecido por las complicaciones de un cáncer de pulmón tras haber permanecido un año sin seguimiento.

 

Los hechos del caso son los siguientes:

En el mes de mayo del año 2017 el paciente sufrió una neumonía en el lóbulo superior derecho. Se realizó una TAC que confirmó la existencia de una neumonía. Se emplazó al paciente para seguimiento a Consulta de Medicina Interna. En dicho TAC se observó mejoría de la neumonía del pulmón derecho, sin embargo, se observó un aumento de densidad en lóbulo superior izquierdo (LSI) que contactaba con la pleura mediastínica, impresiona que ha aumentado ligeramente en relación a estudio previo, podría estar relacionado con cambios inflamatorios, no obstante, se recomienda control. 

Se realizó un nuevo TAC en noviembre del año 2017. En el mismo se confirmó la existencia de lesión en LSI, concretamente refiere: “Persiste la imagen espiculada del LSI que es muy similar a estudio anterior, pero que dado el aspecto espiculado que muestra recomendamos nuevo control”.

En esta situación, tratándose inicialmente de un nódulo pulmonar solitario (NPS) de características sospechosas de malignidad (espiculado, crecimiento), los protocolos imponían la necesidad de realizar un PET-TAC pulmonar que determinaría la alta probabilidad de malignidad. En caso de negatividad, dada la edad, factores de riesgo de tumores previos, tabaquismo, una toracotomía para extirpación del mismo y análisis anatomopatológico. Nada de ello se hizo.

Asimismo, en caso de negatividad inicial o dudas, lo acorde a una correcta praxis hubiera sido el seguimiento por parte del Servicio de Neumología. Tampoco se hizo, así como tampoco el protocolizado seguimiento mediante la realización TAC o pruebas de imagen a los tres, seis, nueve y doce meses. 

En enero del año 2018 el paciente acudió a una nueva consulta. A partir de entonces el seguimiento fue NULO. Desde diciembre del año 2017 la asistencia dispensada no se ajustó a la lex artis:

  1. Por ausencia completa de seguimiento.
  1. Por ausencia de realización de PET-TAC dadas las características de malignidad del mismo o al menos indeterminada (pero con factores de riesgo claro de malignidad).
  1. Por ausencia de seguimiento por parte del Servio de Neumología.

En enero del año 2019 el paciente acudió al Servicio de Urgencias por cuadro de infección respiratoria sin mejoría a pesar de tratamiento antibiótico, tos y disnea. En las pruebas de imagen realizadas se comprobó una evolución desfavorable con atelectasia del LSI, aumento densidad, elevación de hemidiafragma y lesión endobronquial. 

Se realizó TAC toracoabdominal que sólo pudo ser comparado con TAC de noviembre del 2017 (al no haber habido seguimiento). En dicho TAC toracoabdominal se evidenció la atelectasia del LSI, la lesión endobronquial, la existencia de adenopatía sugerente de malignidad en hilio derecho y la existencia de derrame pleural izquierdo pequeño de características malignas. Es decir, Neoplasia pulmonar estadio IV B con supervivencia inferior al 1% en 5 años. 

Finalmente, el paciente falleció en febrero del año 2019 de forma brusca por insuficiencia respiratoria aguda, broncoaspiración y neoplasia pulmonar.

 

Según se sostenía en la demanda, de haberse llevado a cabo un correcto seguimiento mediante pruebas diagnósticas se habría alcanzado un diagnóstico precoz de la patología que hubiera evitado el fallecimiento casi con total seguridad.  Y dicha tesis fue admitida por la compañía asegurada del servicio público de salud de que dependía el centro en el que ocurrieron los hechos pues, formalizada la demanda, fue propuesto un acuerdo indemnizatorio aceptado por la familia.

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