Dentro del listado de negligencias médicas más habituales, sobresalen aquellas referidas a los errores diagnósticos (y/o retrasos diagnósticos), especialmente de patologías oncológicas, cardíacas y digestivas.
Sin embargo, es importante tener presente que, el hecho de que se produzca un error diagnóstico no siempre será sinónimo de una negligencia médica. Al contrario, en la mayoría de las ocasiones un error de diagnóstico no guardará relación con una negligencia médica.
¿Cuándo un error de diagnóstico es una negligencia médica?
Para diferenciar un supuesto del otro debe tenerse presente que, si el facultativo ha llevado a cabo las exploraciones y pruebas diagnósticas recogidas en los protocolos y guías clínicas que resulten de aplicación y ha interpretado sus resultados de forma razonable, aun cuando el diagnóstico indicado resulte erróneo, no estaríamos ante un caso se mala praxis o negligencia médica. Y a sensu contrario, sí existiría una mala praxis, en aquellos casos en los que el diagnóstico equivoco sea consecuencia de haber omitido exploraciones o pruebas diagnósticas indicadas, o de interpretar de forma irrazonable los resultados evidenciados en las mismas.
Ejemplos de error diagnóstico constitutivo de una mala praxis médica
Patologías oncológicas: Error diagnóstico al considerar que se trata de un quiste o una masa benigna (especialmente cáncer de mama y tumores testiculares) por no indicar pruebas de imagen (por ejemplo, TAC) o por no realizar una biopsia.
Patologías cardíacas: No son pocos los casos en los que un paciente acude a un servicio de urgencias con un cuadro compatible con un infarto aguo de miocardio y se le diagnostica una crisis de ansiedad o gases, por no realizar (o no saber interpretar correctamente) un electrocardiograma o una analítica de enzimas cardíacas.
Patologías digestivas: Los casos tipo en estos supuestos son dos. Error diagnóstico de una perforación visceral (por ejemplo, apendicitis) generalmente como consecuencia de no realizar una ecografía y/o TAC abdominal; y los referidos a las patologías isquémicas (isquemia intestinal), igualmente por omitir la realización de las pruebas de imagen indicadas.